El
05 mayo 2019, el sultán de Brunéi cedió frente a la presión internacional y determinó
una nueva moratoria a la pena de muerte por lapidación en casos de homosexualidad
y adulterio según lo previsto en el nuevo código penal promulgado bajo la ley de la sharía qui había entrado en vigor el 03 abril pasado.
El
secretario general de las Naciones Unidas, Antonio Guterres, condenó
oportunamente esa ley por considerarla violatoria a los derechos humanos. Su
portavoz a la ONU Stephane Dujarric afirmó que la posición del jefe de la ONU
es, " que los derechos humanos
deben ser respetado en las relaciones de todas las personas, en todos lados sin
ningún tipo de discriminación", y "se opone claramente a cualquier forma de castigo cruel". https://www.perfil.com/noticias/internacional/bajo-presion-el-sultan-de-brunei-suspendio-la-pena-de-muerte-para-homosexuales.phtml
¿Porque
en Argentina la declaración del SG de la ONU no es escuchada por los jueces o
el gobierno? Sabiendo que hay un grupo social a quienes se les violan impunemente
sus derechos humanos y que existe una populación carcelaria que son víctimas de
tratamientos crueles e inhumanos. Esta situación fue confirmada por los
expertos de la ONU que visitaron las cárceles argentinas, y aparte de las críticas
sobre sus instalaciones, constataron las prisiones preventivas ilimitadas, las
que consideraron como tratamientos inhumanos. Otros informes y fallos
judiciales se refieren a las instalaciones medicas insuficientes en las cárceles
que afectan gravemente la salud de las personas privadas de libertad.
Ese
grupo social, integrado por ex agentes del Estado, magistrados, sacerdotes,
abogados, médicos, académicos, empresarios, que en los años 70 protegieron las
instituciones y la sociedad de los ataques terroristas, hoy están acusados
ilegalmente de lesa humanidad, la justicia les aplica la retroactividad penal,
la responsabilidad penal colectiva, la analogía penal, ignora la prescripción,
la amnistía, utiliza medidas de excepción, se les violan los principios de
legalidad, garantías constitucionales y convencionales. Esas personas están en prisión
o detención domiciliaria, la mayoría con diversas enfermedades, mayores de 70 años, con prisiones
preventivas ilimitadas…
Pero,
aún más grave es que ese grupo social, en realidad prisioneros políticos, puede
recibir por parte de la justicia castigos crueles y degradantes, que se violen
sus derechos humanos, ser discriminados, no beneficiar de disposiciones legales
que corresponde a toda persona privada de libertad, recibir una condena social
y ataques permanente si cumplen detenciones domiciliarias, campaña de prensa
negativa, todo ello ante la mirada cómplice del gobierno, de las autoridades
del Servicio Penitenciario Federal y de los ministerios de seguridad respectivas. Nadie protege sus derechos humanos, las Obligaciones Positivas del Estado son inexistentes.
Para
los defensores de los derechos humanos en Argentina, la justicia y el gobierno,
la discriminación y los tratamientos crueles y degradantes no son los mismos en
Brunéi que en Argentina. Las convenciones internacionales son obligatorias y
sin interpretaciones subjetivas para los otros países, pero no para la
Argentina que siempre puede utilizar principios de excepcionalidad. Las
palabras del Secretario General de la ONU no solo se aplican a Brunéi sino
también a la Argentina, pero ni el gobierno ni la justicia así lo interpretan.
Paris, 06 mayo 2019. CasppaFrance
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