La deuda de la justicia con la sociedad: condenar los jueces actuales por violar los DDHH
“La
Justicia debe cambiar, debe acelerar los procesos, debe ser más
ágil ...porque es una deuda que tiene la Justicia con toda la sociedad”.
afirmó el juez Alejandro Cabral integrante del TOF de Neuquén, en el
ilegal proceso Escuelita VI. Agregando el magistrado que: “Lo fundamental es
escuchar a las víctimas, a cada una de ellas, para poder entender
todo el contexto histórico y lo que se vivió acá en la época del proceso”.
“Todo lo que sucedió fue una locura y nunca más puede suceder” https://www.pagina12.com.ar/218620-ocho-represores-condenados-en-neuquen
Tiene
razón el juez Cabral en sus expresiones porque en algún momento la
justicia objetiva, no politizada ni ideologizada debe juzgar su conducta ilícita,
junto a los miembros de TOF Neuquén, por violar los derechos humanos, principios
constitucionales y convencionales de las personas que condenó. El juez
Cabral y sus colegas no pueden protegerse detrás de ilegales
jurisprudencias de la CSJN para aplicar la retroactividad penal, la
responsabilidad penal colectiva, la analogía penal, ignorar la prescripción, el
debido proceso, utilizar la excepcionalidad o gravedad de los hechos para
justificar violar los derechos fundamentes de los acusados ex agentes del Estado de los 70.
El
juez Cabral pese a declarar “Todo lo que sucedió fue una locura nunca más
puede suceder” en realidad sucede otra locura al violar los derechos que
dice defender a las personas acusadas ilegalmente de lesa humanidad, y poco importa
la legalidad del proceso penal, si la venganza es garantizada para los
representantes de los grupos terroristas de los 70. Recordando que las organizaciones
terroristas en Argentina en esos años no luchaban por los derechos humanos, la
democracia, la justicia o el Estado de derecho y sobre todo dejaron numerosas víctimas
nacional y extranjeras. Pero eso el juez Cabral y los miembros del TOF Neuquén
lo saben.
El juez Cabral no puede en su análisis
jurídico hacer abstracción del verdadero contexto histórico-político de la
violencia armada en Argentina de los 70 y al contrario ¿cómo puede condenar sin
entender o conocer esos reales hechos históricos?, al afirmar: “...escuchar
las víctimas para poder entender todo el contexto histórico...” ¿Las
“victimas” son al mismo tiempo los expertos en ciencias humanas y sociales que
aportan los conocimientos históricos al tribunal? La historia no es relato ni
memoria.
La
impunidad de los representantes del Poder Judicial es alarmante en la utilización
de conceptos alejados del rigor judicial “Estos delitos constituyen prácticas
genocidas contra una parte del pueblo argentino” según el fiscal
general de Neuquén Miguel Ángel Palazzani. Esa afirmación no solo es jurídicamente
inexistente, sino que miente a la sociedad y a la justicia.
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Es una ilegal
incorporación de la figura de genocidio en la calificación legal: En Argentina
jurídicamente no hubo crimen de genocidio que no pueden ser reconocidas por la
expresión en el contexto o en el marco, por consecuencia no hay genocidas ni la
apología de ese crimen. Utilizar esa palabra, designando un grupo nacional, es
despreciable y miserable por la memoria de las víctimas y sus familias, que
vivieron esa inhumana situación en un momento histórico preciso. Por las
calumnias e injurias que se efectúan merece el rechazo de la sociedad y de las
personas que vivieron esos crímenes, ningún historiador o jurista responsables
pueden asociarlo con la Argentina actual o de los 70. Al contrario, hubo grupos
terroristas, que cometieron actos terroristas y hay ex – terroristas. Afirmar
tipologías de genocidios inexistentes releva de la ciencia ficción y de la irresponsabilidad
judicial, social, moral, es utilizar palabras sin sentido ni valor tratando de
crear conceptos ex -nihilo.
Si,
señor juez Cabral, deben acelerarse las
denuncias contra cada uno de vosotros, tendrán que responder ante la justicia,
ante la sociedad y el pueblo, en Argentina o en el extranjero. Llegará el
momento. Paris, 17 septiembre 2019. CasppaFrance
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