A los militares se los llama “genocidas” o “represores” mientras que a los terroristas y subversivos “jóvenes idealistas” declaró el Obispo castrense Santiago Olivera.


El cardenal Peter Turkson fue el encargado de pronunciar las palabras de bienvenida a los participantes del V Curso Internacional de Formación de Capellanes Militares Católicos en Derecho Internacional. Recordando que: "No es raro que los reclusos deban amontonarse en espacios reducidos sin tener en cuenta las condiciones físicas, de salud y culturales. En algunos casos, permanecen detenidos durante mucho tiempo sin juicio ni asistencia, incluida la asistencia jurídica y espiritual"[1] "Yo fui encarcelado y tú viniste a verme" (Mt 25,35-36)", concluyó el Prefecto del Dicasterio para el Desarrollo Humano Integral.

En la mañana de hoy 29 octubre, en la Sesión II: La protección de las personas en situación de vulnerabilidad, incluyendo el derecho humanitario internacional y los derechos humanos, se realizó la excelente intervención en calidad de testimonio del obispo castrense argentino Santiago Olivera en presencia de representantes de organismos internacionales, académicos, expertos, autoridades diversas.
-          Su ponencia[2] y a la vez denuncia sobre la inseguridad jurídica, violación de principios constitucionales y convencionales como una realidad en Argentina merece un análisis profundo de verdad y justicia, pero sobre todo un llamado de atención para el próximo gobierno y las autoridades judiciales que no pueden ignorar la situación que viven los prisioneros políticos/prisioneros ilegales o prisioneros de delitos no comunes. La comunidad internacional no puede guardar silencio frente a la acusación efectuada por el obispo argentino donde se violan los derechos humanos.

Mons. Olivera, en su declaración recordó entre otros aspectos que:
-          “tampoco podemos callar lo negativo para la propia persona y para el valor justicia cuando nos encontramos, en algunos casos, con parcialidades y prejuzgamientos, tanto de parte de los propios órganos judiciales como de los comunicadores sociales que dan por “juzgadas” las acciones y “juzgados” a sus protagonistas sin que ellos puedan expresarse o defenderse con libertad, afectando claramente el debido proceso”.
-          Cuando hablamos de Derechos Humanos debemos hacerlo en su concepción absoluta, es decir, para todos, sin ideologías, en la verdad y en la justicia”.
-          “a los militares se los llama “genocidas” o “represores” mientras que a los terroristas y subversivos “jóvenes idealistas”, “fueron y son calificados de “genocidas” y, a pesar de ello, algunos fueron absueltos. Peor aún, están siendo juzgados con leyes técnicamente retroactivas, alejadas de los principios fundamentales del derecho penal, nacional e internacional”.
-          “podemos hablar de una mala praxis judicial en los llamados juicios de lesa humanidad ya que a todos los imputados se los priva de libertad entre tanto se produce la sustanciación de la causa...”
-          sobre la responsabilidad de quienes deben cuidar a detenidos, que “estar a cargo de prisioneros no implica responsabilidad del cuidado de “cosas”
-          los 39 principios para la protección de todas las personas sometidas a cualquier forma de detención o prisión, adoptados por la Asamblea General de las Naciones Unidas en su resolución 43/173, de 9 de diciembre de 1988. De ellos, se refirió a los principios, 1, 3, 5 y 6, donde se explayó y brindó su opinión. Cuando se refirió al principio 5, también compartió 3 casos vividos por nuestros detenidos y sus familias[3].
-          las prisiones preventivas excesivas, personas adultas, enfermas, sin condenas y que “El cimiento de una República, de un verdadero estado de derecho, no debe ser el odio”. Paris, 29 octubre 2019. CasppaFrance

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