mardi 11 juin 2019

¿El futuro Fiscal General la CABA influenciado por el posmarxismo?: preocupaciones, interrogaciones.


Juan Bautista Mahiques, actual subsecretario del Ministerio de Justicia y futuro Fiscal General de la Ciudad de Buenos Aires, publicó el 10 junio pasado, una nota de opinión en La Nación bajo el título “Como abordar las demandas de justiciahttps://www.lanacion.com.ar/opinion/como-abordar-demandas-justicia-nid2256346 el autor presenta algunos puntos de su hoja de ruta y su influencia filosófica con la que piensa impulsar el rol institucional de la Fiscalía General para dar respuestas a las demandas de los tiempos actuales. Así, en ese texto:
·         Recuerda que “La política existe cuando el orden natural de la dominación es interrumpido por la institución de una parte de los que no tienen parte" afirma el filósofo Jacques Rancière en su libro El desacuerdo. El pensador francés aborda la democracia asumiendo que el ser humano no es una materia en bruto con la que el poder puede hacer lo que se le ocurre. Pone de esta manera énfasis en la esperanzadora mirada de la emancipación de la persona, quien deja de ser ese uno parte de un todo que cualquiera puede manipular.
·         Afirma que: “…resulta indudable que la percepción sobre inseguridad jurídica se construye con las experiencias propias frente a hechos concretos, y mediante el desempeño de las instituciones que existen para prestar servicios de justicia a la ciudadanía. La construcción simbólica de ese desengaño es producto de una acumulación histórica de generaciones que han percibido el funcionamiento del Poder Judicial lento, lejano y falto de respuestas.”

I°)-La primera interpelación que requiere su escrito es de preguntarse si la futura Fiscalía General de la CABA tendrá una influencia o inspiración marxista o posmarxista en sus funciones y procedimientos.

Recordando que el recorrido filosófico de Jacques Rancière va desde el marxismo-leninismo, pasando por el maoísmo de la revolución cultural que se aleja para ponerse al servicio del pueblo (mundo obrero) y actualmente es uno de los más representativos del posmarxismo. Influencia en Argentina los movimientos radicalizados, piqueteros, MTD, el filósofo de la era Kirchner, Ricardo Forster. Coincide en varias posiciones con Ernesto Laclau (f).

El Sr. Mahiques no puede ignorar que  Jacques Rancière en “El desacuerdo,política y filosofía” (1995), al manifestar que "La política existe cuando el orden natural de la dominación es interrumpido por la institución de una parte de los que no tienen parte" (pág. 25), esos conceptos tienen una significación alejada del proyecto político filosófico de Cambiemos porque dominación significa: propietarios, ricos, capitalismo, y los que no tienen parte, hace referencia: a pobres, trabajadores, no propietarios. Representa una lucha de clase social, entre el partido de los ricos y el partido de los pobres, donde está en juego la emancipación y la libertad
·        Tampoco puede hacer abstracción al pensamiento de Rancière quien afirma que “Hay política cuando la lógica supuestamente natural de la dominación es atravesada por el efecto de esta igualdad. Eso quiere decir que no siempre hay política. Incluso la hay pocas y raras veces” (pàg.31) y que “la política existe allí donde la cuenta de las partes y fracciones de la sociedad es perturbada por la inscripción de una parte de los sin parte. Comienza cuando la igualdad de cualquiera con cualquiera se inscribe como libertad del pueblo (pág. 153). 

¿Son estos principios filosóficos que el Sr. Mahiques se inspira o comparte y piensa utilizarlos en las demandas de justicia al ejercer sus futuras funciones? Como armonizarlas en un Estado de Derecho, las Obligaciones Positivas, las garantías y protecciones de los principios constitucionales, convencionales y de los derechos humanos de todos los individuos por igual. ¿Sera un nuevo modelo del poder judicial de la CABA?

II°)-La segunda preocupación se presenta cuando el futuro Procurador General de la CABA trata de definir la percepción o sentimiento de inseguridad jurídica como una hipótesis para negar que en realidad ella existe. Una manera de ocultar lo que no puede ignorar por su función actual.

Es decir, que no es lo que él afirma. No es una percepción o un sentimiento de inseguridad jurídica, es una realidad constatada por las víctimas del poder judicial, por la comunidad internacional, denunciadas en los discursos del presidente de la CSJN, presente entre los 10 puntos del pacto político del presidente Macri, las declaraciones del Ministro de Justicia, algunos fiscales federales y nadie honesto puede negarlo.

Lo más pertinente no es describir la problemática conocida de la inseguridad jurídica, que viene asociada a la corrupción, la impunidad, la politización de la justicia, el rol político de los jueces, sino que soluciones piensa aportar rápidamente a esas graves situaciones en nombre de las víctimas en particular y de la justicia en general.

Si el Sr. Mahiques, actual subsecretario del Ministerio de Justicia y futuro Fiscal General de la Ciudad de Buenos Aires, considera que hay simplemente una percepción de la inseguridad jurídica y “que han percibido el funcionamiento del Poder Judicial lento, lejano y falto de respuestas”, como responder en derecho, garantías constitucionales y convencionales, la situación de inseguridad jurídica permanente que se realiza con más de 3000 hombres y mujeres (acusados ilegalmente de lesa humanidad), que en los años 70 protegieron, defendieron, las instituciones del Estado de los ataques terroristas que buscaban tomar el poder por las armas. Recordando que los grupos armados ilegales que no combatían ni por los derechos humanos, la democracia, el Estado de derecho o la economía de mercado.

Actualmente, esos prisioneros políticos (magistrados, médicos, abogados, académicos, empresarios, ex agentes del Estado, sacerdotes), son acusados, procesados y condenados por la impunidad de la justicia, y el silencio del poder político. Los jueces aplican como norma a ese grupo social, la retroactividad penal, prisiones preventivas ilimitadas, responsabilidad penal colectiva, analogía penal, excepciones permanentes para justificar ilegalidades procesales, constitucionales o convencionales, no se reconoce la prescripción, la amnistía, se les violan los principios de legalidad, el debido proceso, las garantías fundamentales en nombre de los derechos humanos. Se le impide acceso a la justicia, asistencia espiritual, medica, estudiar. Son escrachados, repudiados, considerados personas no gratas si cumplen arrestos domiciliarios… ¿Estos casos no son de inseguridad jurídica?

Finalmente, no es necesario hacer un catálogo de misiones del Poder Judicial, del futuro fiscal general de la CABA, de los derechos que corresponden garantizar y proteger a los individuos, por las Obligaciones Positivas y el Estado de derecho. Simplemente se le requiere de hacer respetar la constitución nacional y las convenciones suscriptas por la Argentina, a todas las personas por igual. Salvo si el Sr. Mahiques comparte la idea de Jacques Rancière que “la democracia no es el régimen parlamentario o el Estado de derecho (pag.125), es un modo de subjetivación de la política (pag.126). Paris, 11 junio 2019. CasppaFrance.

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