IMPOSTURA DEL SISTEMA INTERAMERICANO DE PROTECCIÓN A LOS DDHH.
ENTRE LO POLÍTICAMENTE CORRECTO
Y LO JURÍDICAMENTE NECESARIO
por JOSEFINA MARGAROLI & SERGIO LUIS MACULAN
Cuando el reclamo de “justicia” hace pensar en recurrir al Sistema Interameri-cano de protección de derechos, comienza una nueva etapa. Se tiene una es-peranza. Entonces, habrá que prepararse a recorrer un camino que requiere de conocimientos, paciencia y de bajar las expectativas de obtener una respuesta pronta, razonable, justa.
Con estas palabras iniciamos nuestro libro “Procedimiento ante el Sistema In-teramericano de Derechos Humanos”, Cáthedra Jurídica, Buenos Aires, 2011. Hoy, y con más años de participar, tratamos de mostrar que, al conocimiento técnico sobre el procedimiento, tenemos que agregar el conocimiento sobre el funcionamiento político y del Sistema Interamericano de Derechos Humanos (SIDH) que cambian a la pacien-cia por desasosiego, a las expectativas en desencantos ante una respuesta que, en lugar de pronta, puede ser nunca, de razonable se torne en tendenciosa, y de justa en arbitraria. De como pasar de la esperanza, a la frustración y actuar con resiliencia. Si no, a llorar.
De allí el título de «Impostura», fingimiento o engaño con apariencia de verdad, o sus sinónimos, farsa, engaño, simulación, falsedad, comedia, fingimiento, teatro, superchería, abulencia, todo según el Diccionario de la lengua española.
Esta presentación brinda una sucinta explicación sobre los derechos humanos en el SIDH y la manera en que la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (Comisión IDH) y la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) protegen dichos derechos según sus respectivos mandatos o se apartan de ellos, de cómo la Organización de Estados Americanos (OEA) interviene o deja hacer.
Sobre el trabajo de la Comisión IDH observaremos las presentaciones y trámites de las solicitudes y peticiones individuales, las visitas in loco, los reportes especia-les sobre los Estados que forman parte del SIDH, los reportes de las relatorías temáticas, los informes anuales, los planes estratégicos, mostrando como protege los dife-rentes derechos reconocidos en los instrumentos del SIDH. Sobre la Corte IDH, exa-minaremos su competencia consultiva y contenciosa con su jurisprudencia.
En general analizaremos la eficacia del SIDH en la prevención, protección ysanción de los incumplimientos de los derechos protegidos, la influencia a nivel regio-nal, y si cada Estado, como último obligado donde la garantía tendrá efecto, integra las recomendaciones o ejecuta las sentencias, más aún si son emanadas con la caracte-rística de despotismo supranacional. Indagamos sobre los criterios en la selección de los temas, la discrecionalidad, incidencia de la dependencia financiera, que conducen al apartamiento de los principios de igualdad y universalidad.
En particular, mostramos casos donde no se cuestiona la falta de garantías ju-diciales y el debido proceso en sede interna y desde el SIDH se los replica, y casos donde se vulnera la soberanía de los Estados.
Así llegamos a preguntarnos ¿Quis custodiet ipsos custodes? La locución latina que proviene de las Sátiras de Juvenal, romano de los siglos I y II d. C., que podemos traducir como “¿Quién vigilará a los vigilantes?», «¿Quién cuida al que cuida?»
Platón en la «República» describe la sociedad perfecta, en la cual la clase guardiana está para proteger a la ciudad. Sócrates se plantea «¿quién guardará a los guardianes?», o «¿quién nos protegerá de los protectores?». Platón responde que ellos se cuidarán a sí mismos. Para esto, se debe decir a los guardianes una «mentira piadosa»: hacerles creer que son mejores que aquellos a quienes prestan su servicio y que, por tanto, es su responsabilidad vigilar y proteger a los inferiores. Además de inculcar en ellos una aversión por el poder o los privilegios, y así ellos gobernarán por-que creen que es justo que así sea, y no por ambición.
Hoy la pregunta es cómo precaverse de la atracción por el poder o los privile-gios, por la ambición. En particular cuando los guardianes y protectores del SIDH, del que aquí tratamos, últimos custodios, muestran un apartamiento de lo legal.
En criollo: poner al zorro a cuidar las gallinas.
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