La
justicia politizada e ideologizada no
solo aplica la retroactividad penal, la responsabilidad penal colectiva, la
analogía penal, la presión preventiva ilimitad, la suspensión de garantías
desconoce la prescripción, la amnistía, el debido proceso...,en los ilegales
juicios de lesa humanidad, sino que viola los derechos humanos, principios de constitucionalidad
y convencionalidad de más de 3000 hombres y mujeres que en los 70 protegieron
las instituciones del Estado y la sociedad de los ataques armados de grupos
terroristas que buscaban tomar el poder político por las armas.
En
la parodia de juicio en Tucumán, la justicia va aún más lejos: “El
despliegue en el sur de la provincia y en cada una de sus localidades a partir
del despliegue de media docena de “Fuerzas de Tarea” fue equiparado por el
MPF a la ocupación militar de un país extranjero” https://www.fiscales.gob.ar/lesa-humanidad/pidieron-indagar-a-81-imputados-por-delitos-de-lesa-humanidad-contra-462-victimas-en-tucuman/,
son las alucinantes afirmaciones de los fiscales federales Carlos Brito y
Pablo Camuña, que asimilan la presencia de las fuerzas armadas argentina en
la Provincia de Tucumán, Argentina, con una fuerza militar extranjera de
ocupación, utilizando un discurso propios de enemigos de la Nación Argentina y
una analogía repudiable contraria a los principios del derecho penal. Son graves acusaciones que merecen ser
llevadas ante la justicia por atacar el orden constitucional e institucional.
Los
fiscales Brito y Camuña, como los otros representantes del Poder Judicial
acusador, no pueden ignorar que: “Se considera ocupado un territorio
cuando se encuentra de hecho colocado bajo la autoridad del ejército enemigo.
La ocupación no se extiende más que a los territorios en que dicha autoridad se
halla establecida y con medios de ser ejercitada” (art. 42 del Reglamento Relativo
a las Leyes y Costumbres de la guerra terrestre)[1].
Es decir, que los miembros del Ministerio Publico Fiscal saben que en Argentina
esa situación jamás existió, afirmar esa mentira es no solo irresponsable,
antijuridica, sino tener la intención de engañar la sociedad, la comunidad
internacional y la historia.
Al
contrario, esos mismos fiscales ocultan el hecho que en Tucumán hubo, en el
periodo de referencia, un ejército revolucionario ilegal conformado por
combatientes nacionales y extranjeros, como también militares y consejeros
extranjeros entre las fuerzas irregulares presentes. Esos ejércitos terroristas
no luchaban por los derechos humanos, el Estado de derecho, la justicia o la
democracia.
Los
fiscales Brito y Camuña adhieren a una de las sentencias del Tribunal Oral
de Tucumán donde se expresó que con la presencia de las fuerzas armadas
argentinas en esa provincia entre 1975 y 1983 se desarrolló una verdadera
“experiencia totalitaria”, pero esas afirmaciones son infamantes,
inoperantes e inexactas. El ejercito argentino actuó bajo disposiciones y
normas legales emitidas por autoridad competente y el gobierno nacional.
Manifestar lo contrario, acusar las funciones de los militares de antidemocráticas es confundir y promover el revisionismo histórico, la
negación de hechos reales pasados, es desconocer la autoridad del Estado y de
sus instituciones.
Si
por razones diversas los dos fiscales acusadores mantienen sus posiciones
asimilando la presencia del ejército argentino a la ocupación militar de un
país extranjero porque no recurren a las convenciones respectivas para ese
contexto de las cuales Argentina es firmante.
Por
otra parte, los fiscales federales Carlos Brito y Pablo Camuña
violan voluntariamente los derechos humanos de los ex agentes del Estados
acusados ilegalmente de lesa humanidad. Las conductas criminales de venganza de los miembros del Poder Judicial deben
ser denunciadas ante la justicia argentina, extranjera y los organizamos
internacionales, las pruebas de sus crímenes y delitos son los documentos que firman,
las presentaciones de requerimientos, escritos. No podrán argumentar fallos
ilegales de la CSJN, disposiciones del PGN u otras coartadas para exonerarse de
responsabilidad penal y civil.
Los
fiscales federales Brito y Camuña, como los integrantes del Poder
Judicial y sus asociados del gobierno, un día tendrán que dar
explicaciones a la verdadera justicia, a la sociedad, o a la justicia del
pueblo. Todo juicio llegará, es una cuestión de tiempo. Paris, 22 septiembre
2019.CasppaFrance
[1] Art. 42 del Reglamento
Relativo a las Leyes y Costumbres de la guerra terrestre Segunda Conferencia de
La Haya, 18 octubre 1907, https://www.icrc.org/es/doc/resources/documents/misc/treaty-1907-regulations-laws-customs-war-on-land-5tdm39.htm. El gobierno Argentina
participó a esa conferencia.
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