dimanche 6 août 2023

Italia debe rechazar la demanda de extradición del Padre Franco Reverberi Boschi.

 


Dos veces la Justicia italiana rechazó con argumentos jurídicos contundentes y graves el pedido de extradición del Padre Reverberi solicitado por el gobierno argentino. Los militantes K, y los que revindican la violencia armada de los grupos terroristas de los años 70, miembros del poder judicial y del gobierno argentino hacen caso omiso a esas decisiones y vuelven a la carga inventando jurisprudencias, delitos, victimas, testimonios, sin tener en cuenta las garantías fundamentales del derecho penal en toda acusación. Realizan presiones mediáticas, políticas, violando los principios de inocencia y de dignidad, pilares fundamentales de las obligaciones internacionales que Argentina suscribió. Se llamen Pacto internacional de derechos civiles e políticos, Carta de la ONU, Convención de Viena, CIDH...Nada los detiene para satisfacer la sede de odio y rencor.


Es una verdadera y publica persecución política por parte de la Argentina, cuya victima es el Padre Reverberi, nacido en Italia. El gobierno italiano no puede entregar sus ciudadanos a una Justicia que viola los derechos humanos para que mueran en una prisión por voluntad de un gobierno. El Padre Reverberi no puede ser el objeto de un arreglo político entre los dos gobiernos.


El gobierno italiano no puede aceptar las mentiras de la Justicia y del gobierno argentino para satisfacer un odio visceral contra toda persona que no piensa y actuá como ellos y que sobre todo no integró grupos terroristas en los 70.


El gobierno italiano aceptó con respecto la decisión de la Justicia francesa de no extraditar numerosos ex-terroristas que reconstruyeron sus vidas en Francia, no mintió ni hizo presión irracional con ONG o militantes de derechos humanos para obtener la extradición de esos conciudadanos.


¿ Acaso Italia utilizaría el modelo de la Justicia argentina en los juicios penales, es decir, aplicar la retroactividad penal, la responsabilidad penal colectiva, analogía penal, la imprescriptibilidad ?


¿Pondría en practica una política penal de excepción con acusados por crímenes de lesa humanidad para no reconocer sus derechos fundamentales, privándolos de garantías procesales como mantenerlos arbitrariamente en prisión preventiva ilimitadas, con mas de 70 anos, con patologías diversas, negandoles la prisión domiciliara, la excarcelacion ? Y que una vez la pena cumplida, y antes de obtener la libertad, deben pasar ante una comisión de “expertos” para pedir pardon, reconocer sus faltas, quien puede anular la salida de prison ?


¿El gobierno y la Justicia italiana abandonarían los principios y garantías de la CEDH a pedido de Argentina ?


El gobierno italiano debe rechazar esta tercera demanda realizada bajo el pretexto del aporte de “nuevas pruebas”, que no tiene nada que ver con el Estado de derecho, la Justicia, y mucho menos los derechos humanos. 

 

Casppa France,

06/08/2023.


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