Los Interpoderes arbitrarios.

 

Bajo presión infundada.

Por Mario Sandoval1

 

 



 

El reciente artículo «Un pedido para que la Corte impulse las causas de lesa humanidad», publicado en Pagina 12 por la Sra. Luciana Bertoia, es preocupante y confuso ya que «organismos de derechos humanos y abogados de lesa humanidad irán el próximo miércoles al Palacio de Justicia para pedirle a Horacio Rosatti que convoque a la comisión interpoderes». Ese procedimiento interpela por varios aspectos:

La interrogación esencial, es conocer bajo una racionalidad jurídica irrefutable; cual es la legalidad y legitimidad Convencional de la Comisión Interpoderes para abordar y tratar los temas solicitados. La repuesta no es la Acordada 42/20212 de la CSJN del 29diciembre2008, que dispone en su punto 5: «Invitar a los poderes públicos del Estado, al Ministerio Publico Fiscal y al Consejo de la Magistratura del Poder Judicial de la Nación, a coordinar los esfuerzos para resolver las dificultades que provocan demoras en la sustanciación de los procesos judiciales». Y no otra función. Algunos miembros de la CSJN en varias declaraciones manifestan representar, erróneamente e ilegalmente, la Política de Estado del gobierno, cuando esa función recae exclusivamente en el Poder Ejecutivo.

El Centro de Información Judicial, en el Informe de Prensa n°42 del 27marzo2009, precisa que  la Comisión Interpoderes: « Es un organismo impulsado por la Corte e integrado por representantes de los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial y de la Procuración General…, se propone aunar esfuerzos institucionales con el objetivo de resolver conjuntamente las dificultades que provocan demoras en la sustanciación de causas por delitos de lesa humanidad cometidos durante la última dictadura militar (1976-1983) ». ¿Cuál es la garantía constitucional y convencional de esa Comisión para actuar en forma transversal con otros poderes del gobierno?

Esta función la puede ejercer una comisión especial del Congreso de la Nación constituida por parlamentarios, representantes de los otros poderes y expertos independientes, convocando las diversas partes de los juicios de lesa humanidad. Este formato borra la idea de que la Comisión Interpoderes es un organismo judicial con poderes judiciales.

 Es decir que: la Comisión Interpoderes es un lugar de diálogo y consenso donde se intenta elaborar pautas para subsanar dificultades (demoras irrazonables) que frenan la mecánica (recursos materiales y humanos) de los procesos judiciales ; no puede ordenar un acto procesal en las causas llamadas de lesa humanidad, ni realizar resoluciones que puedan asimilarse. No es una instancia judicial, ni un órgano consultativo con poder de ejecución. No es una instancia representativa de todos los actores que participan en los procesos judiciales y que son objeto procesal: No están presentes los abogados defensores, la DGN, la PPN, Comisión de Cárceles, ONG representando a los acusados.

¿Cual es verdadero objetivo final de la demanda realizada por las llamadas ONG de DDHH y abogados afines de solicitar a la CSJN convocar a la Comisión Interpoderes? ¿acelerar las causas para condenar o acelerar las causas para realizar un proceso judicial objetivo, independiente e imparcial, a falta de decir que esos juicios son ilegales?

«Esperamos que los miembros de la Corte reflexionen sobre la importancia que tiene la comisión interpoderes para resolver los múltiples problemas que hay en la instrucción de las causas y en los juicios orales de lesa humanidad”, dice el abogado querellante Pablo Llonto, integrante del Colectivo Mario Bosch». Más allá de este imperativo como discurso normal de esos grupos, la pregunta que deja abierta, es que sucederá si los ministros de la Corte no cumplen con los requerimientos de los solicitantes.

Dado que el «miércoles se darán cita en el hall del Palacio de Tribunales para pedir una respuesta del máximo tribunal», el Dr. Pablo Llonto y los integrantes de las asociaciones allí presente, ruego puedan hacer conocer a la Comisión Interpoderes algunos aspectos esenciales que hacen a la garantía y protección de los DDHH que no son aplicadas a los acusados en los llamados juicios de lesa humanidad. Usted y sus asociados los conocen a la perfección como para poder exponerlos fácilmente.

«Quedan miles de genocidas en todo el país sin detener...La lista es larguísima» afirma el Abogado Llonto. Sin dudas la ecuación que realiza este señor, es la siguiente: todos los ciudadanos de bien que no integraron las organizaciones terroristas, no colaboraron ni apoyaron sus acciones armadas, son considerados enemigos y por consecuencia deben ser detenidos como colaboracionistas de las autoridades de los gobiernos 76-83. Es decir, en la lista están el 99 % de la sociedad argentina. Por eso la lista en infinita. ¿Será correcta la transcripción de los dichos por el Sr. Llonto o no prestó atención a sus palabras?

Yo elegí defender los Derechos Humanos de todas las personas por igual, el Sr. Pablo Llonto integrante del Colectivo Bosch y sus asociados, no. Buenos Aires, 05 de noviembre 2024. Prof. Mario Sandoval. Presidente Casppa-France.


1- Mario Sandoval, francés, nació en Buenos Aires. Formación y actividades en ciencias políticas, filosofía, habiendo ocupado funciones en los sectores públicos y privados, la docencia superior y consultorías, a nivel nacional e internacional en los campos de las relaciones internacionales, la geopolítica. Detenido arbitrariamente por la Argentina, actualmente privado de libertad en la prisión de alta seguridad de la U34 del SPF.

 -----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------

Libertad de expresión, opinión, pensamiento: Art: 4, 10, 11 Declaración de los Derechos Humanos y del Ciudadano 1789. Art: 19 Declaración Universal de los Derechos del Hombre 1948, Art 19 Pacto Internacional relativa a los Derechos Civiles y Políticos 1966, Art 9, 10 Convención Europea de Derechos Humanos 1950, Art. 13 Convención Americana sobre los Derechos Humanos, las Constituciones de países democráticos.


Commentaires

Posts les plus consultés de ce blog

La desinformación: actores y discursos en disputa.

Gobernanza Global y Nuevo Contrato Social de la ONU: un futuro incierto.

Cuando el juez abandona el derecho: respuestas a los dichos de Alejandro Slokar.