CRÍTICA DE LA INSTRUMENTALIZACIÓN POLÍTICA DEL VICTIMISMO.
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| Carl Schmitt. |
Por Mario Sandoval1
«Quien dice humanidad, pretende engañar.»2
El Giro Contemporáneo del Sufrimiento : En las sociedades actuales, el dolor humano ha dejado de ser únicamente una experiencia trágica que requiere reparación para convertirse en una de las herramientas políticas más eficaces de legitimación y poder.
Analizar este fenómeno no significa descalificar la vulnerabilidad ni el dolor real de quienes han sufrido violencias históricas. Significa observar críticamente cómo la cultura del victimismo, en palabras del filósofo Pascal Bruckner3, opera como un mecanismo de coacción y un dispositivo de dominación
En la Argentina y en la región, este proceso encuentra su expresión más evidente en la reescritura del relato sobre los años 70. La memoria de aquella época, en lugar de construir un espacio de verdad y reconciliación, ha sido capturada por una narrativa que transforma el sufrimiento en un monopolio ideológico. A través de una alianza entre la militancia, el sistema judicial y los medios de comunicación, la condición de víctima se ha erigido en un dogma incuestionable que otorga inmunidad moral a unos y despoja de garantías a otros.
¿Cómo una postura fundada formalmente en la defensa de los derechos humanos termina transformándose, paradójicamente, en su opuesto operativo ?
1. La Dimensión Ontológica: Del "Ser Potente" al "Ser-Víctima"
En la tradición política e intelectual, la identidad del sujeto se ha construido históricamente alrededor de la acción, el proyecto de futuro y la capacidad de transformación social: la persona definida por su potencia y su responsabilidad en el mundo. Sin embargo, el dispositivo victimista introduce un quiebre ontológico radical: el individuo deja de definirse por lo que hace o propone para pasar a legitimarse exclusivamente a través de lo que ha padecido.
La representación del dolor: Quien ejerce la vocería del victimismo no siempre ha atravesado de manera directa la violencia que invoca. Opera como un "defensor por procuración" que adopta y dramatiza un sufrimiento ajeno. De forma análoga al converso religioso analizado por la sociología, quien requiere extremar el fervor dogmático para compensar la ausencia de una vivencia originaria, el militante contemporáneo sobreactúa el relato para ratificar su estatus de autoridad moral ante la comunidad.
La paradoja del poder frágil: En el plano formal, el sujeto se presenta como un ente indefenso, frágil y asediado. Sin embargo, en la práctica, esa debilidad autoafirmada opera como un blindaje ético inapelable. La vulnerabilidad declarada deja de ser un estado de indefensión para convertirse en un instrumento de coacción, donde la impotencia invocada ejerce un dominio absoluto sobre la conversación pública y cancela de antemano cualquier objeción
2. La Dimensión Epistemológica: La Verdad como Monopolio del Dolor.
Desde la perspectiva del conocimiento, el victimismo altera gravemente las reglas de la convivencia democrática al imponer una premisa peligrosa: el sufrimiento se erige como el único e incuestionable criterio de verdad.
La clausura de la evidencia: Cuando la validez del relato se sostiene exclusivamente sobre la vivencia emocional o el dolor representado, cualquier intento de verificar datos, contextualizar los hechos históricos o exigir pruebas objetivas es descalificado de inmediato. El examen crítico deja de ser una herramienta de búsqueda de verdad para ser catalogado como una agresión o un acto deliberado de "revictimización".
El juicio asimétrico y la inmunidad discursiva: La realidad social se reduce a un esquema binario y rígido de "opresores contra oprimidos". Al trasladar la controversia a un plano puramente ético-moral, se anula la obligación de argumentar y contrastar. Quien asume la postura de acusador actúa simultáneamente como fiscal y juez sin exponerse a la réplica ni al escrutinio público, sustituyendo el debate abierto y la investigación imparcial por un dogma unidireccional4.
3. La Continuidad de los fines por Nuevos Medios.
La filosofía crítica permite comprender que la sacralización de la víctima no surge en el vacío, sino como una estrategia adaptativa frente a los cambios históricos. Al agotarse las vías de confrontación directa del pasado, la hegemonía se persigue mediante el control del relato y la captura de las instituciones.
De la insurgencia armada al dispositivo jurídico: Los representantes del victimismo, en realidad, se posicionan como herederos ideológicos de los movimientos de los años 70 no buscan la imparcialidad ni la reconciliación, sino la ratificación de su causa histórica. Al capturar la narrativa de los derechos humanos, logran lo que no obtuvieron en el terreno político-militar: la descalificación absoluta y la aniquilación civil de su oponente.
El sesgo de una memoria selectiva: Se construye una asimetría deliberada donde el dolor propio es sacralizado y el sufrimiento causado por las organizaciones insurgentes es presentado como inexistente o "justificado". De este modo, la categoría de víctima se vuelve un privilegio excluyente y monopolizado por una sola de las partes.
La transvaloración de las garantías: Conceptos de validez universal como los Derechos Humanos, concebidos originariamente para proteger a cualquier ciudadano frente al arbitrio del poder, sufren una distorsión estructural. Se convierten en una herramienta de selección ideológica donde las garantías asisten únicamente al colectivo afín5, mientras que el adversario, redefinido como enemigo, queda despojado de toda protección6.
El objetivo político latente: La superioridad moral se erige como la vía sustitutiva para conquistar el poder. La retórica del sufrimiento vehiculiza viejos impulsos de dominación bajo una apariencia ética irreprochable. El resultado es una sociedad polarizada donde el diálogo democrático cede su lugar al dogmatismo y a la deshumanización del otro7.
4. El Victimismo en el Ámbito Judicial y Mediático
El dispositivo del victimismo no agota su eficacia en la retórica militante; alcanza su máxima fuerza de coacción cuando logra penetrar el sistema judicial y la agenda de los medios de comunicación, convirtiendo la posición moral de la víctima en una verdad axiomática e incuestionable.
La victimización como dogma jurídico: En el terreno de la justicia, el debido proceso se distorsiona de forma severa cuando el estatus de víctima deja de ser una hipótesis a probar mediante evidencia objetiva y se transforma en una premisa incuestionable. Ciertos actores judiciales, condicionados por la hegemonía moral vigente, aceptan la versión de la querella como una verdad jurídica previa a la investigación. Al otorgar un valor probatorio automático al testimonio representado, se desmantela el principio de imparcialidad, se vierte una sombra de sospecha permanente que erosiona la presunción de inocencia y se reduce la defensa técnica a un mero trámite formal.
La cámara de resonancia mediática: Por su parte, los medios de comunicación actúan como amplificadores y legitimadores de esta asimetría. La lógica del espectáculo informativo privilegia el impacto emocional y la polarización maniquea por encima de la reconstrucción rigurosa de los hechos históricos. Al instalar el relato victimista como la única narrativa admisible, el ecosistema mediático ejecuta una suerte de justicia paralela o linchamiento simbólico: quien intenta matizar el contexto o señalar inconsistencias en el discurso dominante es etiquetado de inmediato como encubridor o agresor, clausurando todo espacio para la duda razonable y el análisis crítico.
5. La Violación de DDHH por quienes Invocan los DDHH
En este punto se devela la paradoja estructural del fenómeno: quienes sostienen su legitimidad en el discurso de los derechos humanos terminan incurriendo en violaciones sistemáticas de las garantías fundamentales de sus acusados.
La ética del doble rasero: Los principios de validez universal, tales como el debido proceso, la imparcialidad del juzgador, la presunción de inocencia, la prohibición de tratos crueles o degradantes y las condiciones dignas de detención, dejan de ser garantías inalienables para ser tratados como concesiones ideológicas. Bajo esta lógica, los derechos asisten de forma plena a los pertenecientes al colectivo propio, mientras que se niegan o restringen al oponente.
De la administración de justicia a la venganza institucional: Al privar a la persona acusada de un juicio neutro y del respeto irrestricto a su integridad física y psíquica, situación que se agrava cuando se omite la consideración debida a la vejez o a estados de extrema vulnerabilidad corporal y confinamiento, el sistema de justicia sufre una degradación funcional. El tribunal abjura de su rol garantista y pasa a ejecutar una venganza de Estado por procuración, subordinada a la presión mediática y al mandato militante.
Conclusión: Hacia una Recuperación del Diálogo Democrático
Analizar el victimismo político desde la razón crítica no busca negar ni minimizar las heridas del pasado, sino alertar sobre los riesgos de su instrumentalización ideológica e institucional. Cuando el dolor se convierte en un cheque en blanco y la política se degrada en una representación maniquea de buenos y malos, la democracia deliberativa entra en una profunda crisis.
La superación de esta deriva exige restablecer la primacía del pensamiento crítico por sobre el dogma, reconociendo que la dignidad humana y las garantías jurídicas no admiten excepciones ni monopolios. Recuperar la complejidad de los procesos históricos, la pluralidad de perspectivas y la estricta igualdad ante la ley constituye la condición indispensable para evitar que la invocación de la memoria se transforme en la coartada de una nueva intolerancia.
Pese a los ataques ad hominem, yo elegí defender a todas las víctimas de violaciones de los DD. HH. por igual, sin especulaciones dogmáticas ni condicionamientos políticos o ideológicos; los teóricos y representantes del victimismo, no. Prof. Mario Sandoval, Presidente Casppa-France, Campo de Mayo, 28agosto2026.
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1-Mario Sandoval, francés, nació en Buenos Aires. Formación y actividades en ciencias políticas, filosofía, habiendo ocupado funciones en los sectores públicos y privados, la docencia superior y consultorías, a nivel nacional e internacional, en los campos de las relaciones internacionales, la geopolítica. Detenido arbitrariamente por la Argentina, actualmente privado de libertad en la prisión de alta seguridad de la U34 del SPF. Presidente de Casppa-France.
2-Carl Schmitt, in El concepto de lo político, 1932, a partir de P.-J. Proudhon (1850): « Quien dice Dios, quiere engañar »
3- Pascal Bruckner analiza cómo la figura de la víctima se ha erigido en un héroe intocable que otorga a sus portavoces una patente de inmunidad moral in : Sufro, luego existo, La victima como héroe. Ed. Siruela. 2026.
4-Daniele Giglioli, advierte cómo el estatus de víctima exime al sujeto de cualquier responsabilidad discursiva, convirtiendo el sufrimiento en un argumento de autoridad inapelable que bloquea el pensamiento crítico, in Crítica de la víctima. Ed. Herder, 2017.
5 - El Resentimiento y su aplicación al àmbito judicial sobre los años 70 en argentina: https://prisioneroenargentina.com/el-resentimiento-y-su-aplicacion-al-ambito-judicial-sobre-los-anos-70-en-argentina/, https://www.casppafrance.org/2026/07/el-resentimiento-y-su-aplicacion-al.html
6 La genealogía nietzscheana del ressentimiento explica cómo los sectores que no logran imponerse por la fuerza directa recurren a la inversión de los valores, transformando la debilidad fingida en un arma de culpabilización y dominio moral sobre el adversario (La genealogía de la moral -1887-, Friedrich Nietzsche).
7-René Girard (La violencia y lo sagrado- ed. Esp. 1983 / El chivo expiatorio-ed. Esp.-1986) aporta el marco antropológico para entender la necesidad de las comunidades de designar chivos expiatorios internos para cohesionar al grupo mediante la unanimidad sacrificial, un mecanismo que el victimismo contemporáneo reactiva de forma constante.
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Libertad de expresión, opinión, pensamiento: Art: 4, 10, 11 Declaración de los Derechos Humanos y del Ciudadano 1789. Art: 19 Declaración Universal de los Derechos del Hombre 1948, Art 19 Pacto Internacional relativa a los Derechos Civiles y Políticos 1966, Art 9, 10 Convención Europea de Derechos Humanos 1950, Art. 13 Convención Americana sobre los Derechos Humanos, las Constituciones de países democráticos

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