dimanche 27 septembre 2020

En nombre de los derechos humanos, la CIDH debe cesar sus funciones.

Libertad de expresión, opinión, pensamiento: Art: 4, 10, 11 Declaración de los Derechos Humanos y del Ciudadano 1789. Art: 19. Declaración Universal de los Derechos del Hombre 1948, Art 4 Pacto Internacional relativa a los Derechos Civiles y Políticos 1966, Art 9, 10 Convención Europea de Derechos Humanos 1950, Art. 11, 13 Convención Americana sobre los Derechos Humanos, las Constituciones de países democráticos

                     

En nombre de los derechos humanos, la CIDH debe cesar sus funciones.

Por Mario Sandoval[1]

 


El Secretario General de la OEA, Luis Almagro, veto al Secretario ejecutivo de la CIDH, al no renovar su mandato por las más de 60 denuncias contra él. La CIDH es nuevamente noticia' por la parcialidad, subjetividad e irracionalidad jurídica de su ex Secretario Ejecutivo. el militante brasileño Paulo Abrao. no Enceguecido por una ideología neo marxista, demostró ser visceralmente selectivo en la defensa de los derechos humanos. Hoy, está acusado de violar los derechos humanos de su personal que con discursos y gestos arrogantes dice defender. Miente.

Visto los comunicados, declaraciones y artículos de la prensa :

-          Comunicado de prensa de la CIDH del 25-08-2020: en un extenso texto, la CIDH, pero en realidad el secretario ejecutivo Paulo Abrào intenta desviar la acusación y transformarse en acusador:” expresa su más energía protesta, así como su alarma ante un grave embate contra su independencia y autonomía”. Deslegitima al SG de la OEA describiendo que: “La Comisión anuncia a la comunidad internacional que esa decisión unilateral del SG constituye un franco desconocimiento de su independencia y autonomía”. Desinforma la sociedad al afirmar: “La CIDH gracias a su reforzada autonomía e independencia realiza su trabajo de manera imparcial, libre de cualquier influencia política “y” rechaza todo tipo de interferencia al ejercicio de su mandato”.

 

-          Comunicado de prensa del Secretario General de la OEA del 25-08-2020: “...Lamentablemente no se ha podido avanzar en el proceso de designación del Secretario Ejecutivo de la CIDH debido a la existencia de decenas de denuncias de carácter funcional que han sido presentadas ...Esta falta de tramitación es un duro golpe a su credibilidad....Es completamente falta de ética y repudiable pretender generar confusión respecto a lo que constituye la responsabilidad y rendición de cuentas funcional individual de uno o más funcionarios y lo que constituye la autonomía de la CIDH".

 

-          Declaración Asociación de Personal de la OEA del 28-08-2020 : La Asociación ha seguido de cerca la situacion relacionada con las numerosas denuncias de acoso presentadas por el personal y los consultores (CPRs) en la CID. "El comité del Personal de la Asociación del Personal de la OEA expresa su solidaridad con aquellos miembros del personal y CPRs que utilizan los canales institucionales disponibles para proteger sus derechos en el lugar de trabajo, y continuara comprometido con los temas que afectan estos derechos".

 

-          Comunicado de Prensa del Secretario General de la OEA del 28-08-2020: Para el responsable de la OEA- existe una: “...cierta campaña de desinformacion por el cual se pretende hacer creer que la autonomía de la CIDH esta de alguna manera en riesgo.... nos llama la atención que consideraran que la persona más apta para el cargo es alguien con 61 denuncias pendientes por resolver lo que hace ver una situación funcional muy grave. A aquellos que dicen defender derechos humanos…desconocen derechos laborales básicos de trabajadoras y trabajadores para garantizarles la posibilidad de trabajar libre de acoso. Respuestas corporativas y negacionistas no es la mejor manera de dar justicia ni de garantizar los derechos humanos...Es de extrema gravedad desconocer estos derechos, desconocer las denuncias, tratar de imponer al denunciado por un nuevo periodo desconociendo la gravedad de la situación.... Esto ya no es complicidad pasiva, eso es encubrimiento activo...”.

 

-          Artículos de Infobae del 28-08-2020: titulado: "CIDH, el cambalache de la autonomía por la impunidad” donde sus autores Héctor Schamis y Tamara Sujú precisan que: el Sr. Abrao “no hizo nada para investigar las graves acusaciones en su contra”. Describiendo los diversos mecanismos de acoso que fueron denunciados y que “Abrao mentía, miente sistemáticamente. Creo un ambiente de trabajo perverso. Es un maestro de la manipulación”. Se consagro la impunidad dentro de los mecanismos de la CIDH y es un peligroso precedente para el futuro. Los periodistas, se interrogan sobre el hecho que las ONG que apoyan ciegamente al Sr Abrao, “repitiendo lo de la independencia y autonomía de la CIDH sin hacer una sola referencia a las denuncias sobre las irregularidades cometidas por el secretario ejecutivo, ni a las víctimas. Dejan entrever que en este caso defienden su interés corporativo y no el supremo valor universal de los DDHH que, se supone, promueven y protegen”.

 

-          Carta dirigida a la CIDH del 31-08-2020: de las 12 víctimas que presentaron denuncias contra el ex Secretario Ejecutivo de la CIDH, por abuso de poder., hostigamientos, retaliaciones, humillación pública, sustracción de funcionas injustificadas. perdida de cargos v discriminación en relación con otras personas de cargos similares. Muchas constituyen acoso laboral. Esas personas se sienten afectadas en su dignidad y reputación y para ellas “calificar al Sr Abrao como una víctima de persecución política es también revictimizante” quien ha instalado un ambiente autoritario en el seno de la CIDH.

 

-          Artículo de Página 12 del 01-09-2020: cuyo título describe la parcialidad de ese medio de propaganda: “Luis Almagro. que se abstenga de intervenir en el proceso de selección del Secretario de la CIDH", agregando “quien vetó la reelección de Paulo Abrao con el argumento de sobre el pesan 61 por supuesto maltrato laboral contra trabajadores de ese organismo de DDHH”.

-           

Esos intercambios de comunicados y artículos permiten responder a interrogantes sobre si:

·         ¿El Secretario General de la OEA mintió en sus afirmaciones relacionadas con los hechos imputados a Paulo Abrào? No

·         ¿Los 12 testimonios de los empleados de la CIDH son falsos? No

·         ¿El comunicado de la CIDH falta a la verdad objetiva? Si

·         ¿La CIDH debe dejar de existir como estructura de los DDHH de las Américas? Si

·         ¿Garantiza a todos por igual la protección de los derechos humanos? No

·         ¿El artículo de Pagina 12 desinforma y es tendencioso? Si

El señor Paulo Abräo, voluntariamente, intenta confundir autonomía e independencia con un derecho a la impunidad por el mandato ejercido para violar sin límites los derechos humanos que dice defender. Pretende poner en duda las 61 denuncias, cuando en realidad debió renunciar de su cargo por el tiempo de la investigación. Al verse con suficientes pruebas en su contra pasa al ataque utilizando la cultura victimista, tan apegada a la izquierda revolucionaria latinoamericana. Toda crítica o denuncia la transforma en micro agresiones. El Sr. Abrào sabe manipular las tendencias descriptas por los sociólogos americanos Campbell y Manning[2], de la cultura del honor reacciona ante la más mínima ofensa, de la cultura de la dignidad apela a una referencia o autoridad central que pueda solucionar la situación (en nombre de los derechos humanos, por ejemplo) y asumiendo un victimismo competitivo se inclina por hacer campaña viral, destinada a conseguir la adhesión de otros sectores sociales.

El corporativismo político-ideológico de la CIDH busca escapar a todo control y responsabilidades para así generar valores propios pero contrarios a la función que debe cumplir. Estos motivos ya fueron fuertemente criticados por los gobiernos de Argentina, Brasil, Chile. Colombia Paraguay en abril 2010 en un comunicado de prensa conjunta solicitando, el respeto del principio de subsidiaridad, el razonable margen de autonomía, la aplicación estricta del derecho internacional y considerar las realidades de los Estados partes (ver el articulo ¿Dónde empieza la CIDH o donde termina el Estado? https://www.casppafrance.org/2019/06/donde-empieza-la-cidh-o-donde-termina.htm ).

En ese mismo espíritu, también se encuentra la Corte Interamericana de Derechos Humanos donde sus jueces son proclives a hacer más política y menos justicia.  https://www.casppafrance.org/2019/07/la-corte-interamericana-de-derechos.html?spref=bl

El Sr Abrao es el responsable directo de esas acciones y con grados de responsabilidades diferentes los otros miembros dirigentes de su equipo. Siempre se comportó como un militante radicalizado reivindicando las acciones de los grupos armados de los 70 y no un defensor imparcial u objetivo de los derechos humanos Nunca dio curso a las numerosas denuncias presentadas por los acusados arbitrariamente de lesa humanidad en Argentina. Siempre actuó como fiscal. comisario político, quien, asociado con los medios de comunicación y ONG neo terroristas, violaron la soberanía jurídica de los Estados. en nombre los derechos humanos. En nombre de la CIDH asumió como 4ta instancia judicial, una jurisdicción de control y de validación, de las decisiones de los tribunales nacionales, poco importa la Constitucional Nacional, las Convenciones y Tratados.

¿Porque la CIDH debe cesar sus funciones? entre los verdaderos defensores de los derechos humanos, nadie puede negar que el Secretario Abrao no protegió ni garantizó los derechos humanos de su personal de la CIDH que era el elemento esencial para demostrar su innecesaria existencia en la arquitectura de los Derechos Humanos en las Américas. Se conoce públicamente lo que regularmente se denunció sobre la conducta y acciones al exterior del Secretario Ejecutivo de la CIDH, y que ahora Paulo Abrào no puede negar porque bajo su mandato siempre hubo un abuso de poder, parcialidad, subjetividad v dependencia a intereses políticos e ideológicos ajenos a los principios de la CIDH y violatoria de los derechos humanos.

Las interrogaciones van más allá de un futuro Secretario Ejecutivo de la CIDH sino sobre la legitimidad y competencia de la CIDH para luego determinar su continuidad dentro de la arquitectura latinoamericana de los derechos humanos. Reformar el sistema interamericano es hoy una actualidad que se impone. Interrogarse sobre la necesidad de mantener la CIDH y sus funciones actuales como sus políticos que son actores ante todo militantes políticos, es fundamental. En Europa, por el Protocolo 11, se suprimió en 1999 la Comisión Europea de derechos humanos para permitir a los individuos el acceso directo a la Corte Europea de Derechos Humanos y procedió a la creación de una corte permanente o TEDH. Los requerimientos son tratados por jueces profesionales desde su inicio.

Constatando las funciones ambiguas, políticas e inoperantes de los miembros de la CIDH y violatoria de los derechos humanos, es necesario suprimir ese organismo como lo hizo Europa.

Prof. Mario Sandoval, Presidente CasppaFrance, 27 septiembre de 2020.

Aucun commentaire:

Enregistrer un commentaire

Garantizar los principios del Estado de Derecho: Respeto de la Ley, la Constitución Nacional y el Orden Jurídico Internacional.   Por ...